EXONERACIÓN DE IVA
Puede exonerar el IVA a través de certificado de necesidad por el decreto 210/010. Requisitos:
- Factura proforma con número de chasis de la unidad.
- Certificado contable según modelo adjunto con firma original y timbre.
- Certificados de DGI/BPS al día.
También puede pagar el IVA a través de un CERTIFICADO DE IVA para el mismo debe cumplir los siguientes requisitos:
- Ser transporte profesional
- Que la empresa sea asimilada a exportación
- Completar el formulario 2181, solicitando el crédito de la factura que se emitió en un certificado tipo B
Diferencia entre Certificado de Necesidad y Certificado de Iva
En el Certificado de necesidad la factura se emite cuando se tiene el mismo, en cambio el Certificado de Iva se hace la factura y luego se solicita.